Dentro de juicios de Usucapión, Sumario y ordinario, existen los que se les considera (en el derecho mexicano), de buena fe y de mala fe.
En la posesión son factores que determinan el plazo de prescripción para adquirir la propiedad de un bien a través de la usucapión:
Buena Fe
Se da cuando el poseedor cree que el bien le pertenece porque lo recibió de quien era el dueño.
Mala Fe
Se considera poseedor de mala fe a quien entra en posesión sin título.
El plazo de prescripción para adquirir la propiedad de un bien varía según la buena o mala fe de la posesión y el tipo de bien:
Bienes Muebles
Se prescriben en tres años si la posesión es de buena fe, pacífica y continua. Si la posesión es de mala fe, el plazo de prescripción es de cinco años.
Prescriben en cinco años si la posesión es de buena fe, pacífica, continua y pública. Si la posesión es de mala fe, el plazo de prescripción es de diez años.